Gaceta Nº 2593, 10 de Enero de 2012
"Aspectos relevantes e innovadores"
Capítulo IV
De la calificación del desempeño estudiantil en los programas nacionales de formación
Artículo 17: La calificación se expresara en una escala del uno (01) al veinte (20). La nota mínima probatoria para las unidades curriculares es de doce (12) y para proyecto dieciséis (16). La escala de calificaión será la siguiente:
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
No hay comentarios:
Publicar un comentario